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Una asesoría pensada para Ud.

                                                                                         Con la nueva regulación de los Empleados de Hogar a la luz el Real Decreto 1620/2011 se plantea el desafío a más  de  700.000 hogares españoles  la  necesidad  de  cumplir  con  los nuevos requisitos previstos en la norma.

  

Nuestro mejor servicio es su tranquilidad.

Un servicio de ASESORÍA  para cualquier duda o consulta que pudiera tener en su  relación con su Empleado  de  Hogar.  Sus  dudas  son  resueltas  por  teléfono o contestadas  por  escrito  por  medio  de  correo  electrónico.  Ya  no  tiene  que preocuparse  de  resolver  temas  sobre  días  de  permisos, pago de horas extras, vacaciones, bajas por enfermedad, pago  de  seguros  sociales o formalización del contrato, su  duración  y  periodo de prueba. Todas sus dudas serán contestadas por nuestros profesionales.

  • Nosotros formalizamos su relación y le confeccionamos el CONTRATO.
  • Realizamos la información al trabajador de los elementos esenciales.
  • Altas y bajas en Seguridad Social.
  • Asesoramiento sobre el Salario en metálico y en especie, y sus incrementos.
  • Confección mensual de nómina o recibo de justificativo de salario.
  • Asesoría sobre horas extras y horas de presencia.
  • Asesoría sobre festivos, permisos retribuidos y vacaciones.
  • Gestion de despidos o desistimiento de la relación. Incluidos preavisos.
  • Cálculo de finiquitos según tipo de extinción laboral.



CASO PRÁCTICO:

Ejemplo de la utilidad de nuestros servicios: Quiere despedir a su empleado por la causa que sea, nosotros nos ocupamos de:

PRIMERO:   Comunicamos   por  escrito  el  desestimiento,  de  modo  claro  e inequívoco, que dependiendo de  la antigüedad del empleado podrá ser de 20 ó 7 días.

SEGUNDO:  Puesta   a   disposición   en   el   momento   de   la   comunicación  de   una  indemnizacion  correspondiente  a  12 dias  por año trabajado, con el  límite  de  seis mensualidades, nosotros lo calculamos y confeccionamos recibo de finiquito.

TERCERO:    Durante   el   periodo   de   preaviso,   el   trabajador   a   jornada  completa tendrá  derecho  a  una  licencia   de   6   horas   a   la  semana  para buscar un nuevo empleo.

Si quiere saber cuales son las preguntas mas frecuentes sobre la adaptación al Régimen General de la Seguridad Social PINCHE AQUI